Continuamos esta semana con nuestros episodios de verano, un nuevo formato más ligero para explicarte las novedades del sector turístico.
Hoy vamos a aclarar una consulta que algunos de nuestros suscriptores nos están planteando estos días. Cada trimestre Booking pide el número de IVA a los nuevos colaboradores de viviendas vacacionales y, a veces, este requerimiento nos pone nerviosos, ¿por qué debería hacerlo si Booking no paga mi IVA?
¿Qué es el número de IVA?
Cuando Booking habla del número de IVA, se refiere al número fiscal de la persona que deberá declarar los movimientos de la actividad turística. Es decir, puede ser un NIF en caso de personas físicas o un CIF en caso de empresa registrada.
¿De quién es la responsabilidad de facturar?
Para comenzar es un poco confuso, porque Booking factura sin IVA. Y cuando piden este número fiscal, desconcierta un poco. La base de todo este tema remite también al episodio de nuestro podcast número 19 donde se hablaba sobre el modelo 179. Allí se explicaba que Booking pide el número de IVA porque está obligado a ceder esta información a la Agencia Tributaria. Están obligados a ceder los datos del propietario y el NIF o CIF, el precio que ha pagado el huésped y la fecha de entrada y salida de éste.
¿Debemos hacer factura con IVA?
Debemos recordar que si somos una persona física, esta actividad no está sujeta a IVA siempre y cuando sea una actividad únicamente de alquiler vacacional y solamente ofrezcamos nuestro servicio de alojamiento, es decir no se pueden ofrecer servicios extra como por ejemplo, servicio de limpieza durante la estancia, alquiler de bicicletas y otras actividades turísticas, servicio de alimentación, etc.
Entonces, ¿debo dar mi número de DNI a Booking?
Tenemos la obligación de facilitar a la plataforma nuestro DNI o CIF, según cómo estemos dados de alta. Pero debemos tener en cuenta que como persona física no estamos obligados a declarar IVA. Aunque sí que lo estamos a declarar los rendimientos en nuestra declaración de la renta como rendimiento de capital inmobiliario.
¿Tenemos obligación de ofrecer factura al inquilino?
Si el cliente nos pide factura tenemos la obligación de ofrecerla, aunque en este caso sin IVA. Hay que avisar que no tiene IVA y que es un recibo pero igualmente válido.
Recordamos a nuestros suscriptores que en la zona de descarga encontraréis disponibles varios modelos de factura con sección de IVA en plantilla de excel. Recordamos a los no suscritos que el acceso a toda esta información y muchas más herramientas exclusivas y cursos de formación están disponibles en Superanfitriones.com por solamente por 10€ al mes. ¡Daremos respuesta a todas tus dudas! Tampoco olvides suscribirte a nuestra newsletter para mantenerte al día de las novedades del sector turístico.
Nos escuchamos la próxima semana en el podcast.